Los contadores de agua registran el consumo de agua midiendo el flujo de agua a través de la tubería y determinan el número de metros cúbicos y litros de agua consumido. Los contadores se instalan al inicio de cualquier red o suministro de agua ya sea de agua fría o de agua caliente.
El paso del agua a través del contador hace girar una turbina, ese movimiento se ve reflejado en un tambor de números alineados que nos indican el volumen en metros cúbicos de agua que ha pasado por el contador.
La cifra registrada del consumo de los contadores de agua no se reinicia con cada nueva lectura, sino que la cifra que aparece es un acumulado del consumo.
Adecuado para agua fría a hasta 30°C
Adecuado para agua caliente hasta 90°C
Según la Orden ICT/155/2020, por la que se regula el control metrológico del Estado, se ha establecido para los contadores de agua un periodo de vida útil de 12 años, pasado ese ciclo aquellos contadores que tengan una antigüedad superior deberán ser sustituidos.
El objetivo es asegurar la correcta medición de los contadores de agua ya que pasado ese tiempo el periodo de calibración o vida util de los contadores puede verse afectado por desgaste de las piezas y dar valores de lectura que no se ajusten al consumo real. Con el cambio se pretende proteger a los consumidores de medidas incorrectas que puedan ir en contra de sus intereses y afectar finalmente en su factura.
Las novedades más relevantes son:
• A partir del 1 de Julio del 2021 toda Comunidad de Vecinos con el servicio de agua caliente centralizado tendrá que tener obligatoriamente instalados contadores de agua caliente en las viviendas/locales que dispongan de dicho servicio.
• Los contadores de agua caliente que se instalen a partir del 1 de Julio del 2021 serán necesariamente de lectura remota (vía radio, cableado etc.).
• Los contadores convencionales de agua caliente de lectura manual ya instalados tendrán que ser sustituidos por contadores de lectura remota (radio, cableado, etc.) antes del 1 de Enero del 2027.
• Cuando el contador de agua caliente instalado sea convencional o de lectura manual se deberá leer y liquidar consumos como mínimo cada dos meses y dicha información debe estar disponible al vecino o usuario final bimestralmente, y si el contador es de lectura remota (vía radio) , se deberá leer y liquidar consumos como mínimo una vez al mes. En este caso la información también debe estar disponible para el vecino mensualmente.
El incumplimiento de esta nueva normativa puede dar lugar a sanciones, de acuerdo a lo previsto en dicha norma y en la Ley 18/2014 de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.